Uruguay: la Justicia dicta sexto fallo de inconstitucionalidad contra la Ley de medios

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Días pasados se conoció el sexto fallo de la Corte de Justicia contra algunos artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, a raíz de un recurso que había presentado la empresa RISELCO S.A. propietaria de Nuevo Siglo.

En tal sentido el Poder Judicial declaró inaplicables los artículos: 39 inciso 3, 56 inciso 1, 60 literal C, y el 98 inciso 2 de la mencionada norma.

El artículo 39 inciso 3, prevé que el Poder Ejecutivo tiene la potestad de incluir “eventos adicionales en la modalidad de eventos de interés general que regula el artículo, limitando el carácter de exclusividad de determinados derechos de transmisión que adquieren las empresas de televisión para abonados”.

En este caso la Corte de Justicia consideró por amplia mayoría que esta norma es inconstitucional por “transgredir el principio de legalidad o de reserva legal”.

Asimismo, el máximo órgano de justicia entendió que corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 56 inciso 1 de la Ley.

Respecto del artículo 60 literal C incisos 1, 2 y 3, se consideró que imponen “determinado tipo de contenido a ciertos prestadores de servicios audiovisuales, lo que entraña una violación de la libertad de expresión”.

En cuanto al 98 inciso 2, la Justicia considera, por unanimidad, que es inconstitucional debido a que “colide con el derecho al debido proceso, porque establece la potestad administrativa de sancionar a un sujeto sin haberlo previamente escuchado”.

El fallo se suma a otros cinco que recayeron sobre acciones de inconstitucionalidad contra la Ley Nº 19.307, que fueron promovidas por las empresas: Monte Carlo TV S.A. y Monte Cablevideo S.A, la empresa prestadora de televisión por cable TCC (Tractoral S.A), DirecTv y el Partido Independiente, en el marco de una treintena de acciones contra la normativa.

Comunicado de SUTEL

Por su parte, el Congreso Nacional de Delegados del Sindicato Único de Telecomunicaciones (SUTEL) emitió una declaración en defensa de la empresa pública en la que cuestiona las decisiones recientes de la Suprema Corte de Justicia en relación a algunos artículos de la Ley de Medios y reafirma la posición que sobre este tema “el pueblo ya laudó en dos instancias (1992 y 2001) y deben respetarse los pronunciamientos del soberano”.

Texto de la resolución de SUTEL

“Ante las recientes decisiones tomadas por la Suprema Corte de Justicia en relación a algunos artículos de la Ley de Medios, el Congreso Nacional de Delegados declara:

1) Rechazamos la insistencia en reeditar una vez más la discusión sobre las Telecomunicaciones enfocada en cuestionar el papel que nuestra empresa ANTEL cumple al respecto y su rol monopólico otorgado por ley.

2) Reafirmamos que, sobre este tema el pueblo ya laudó claramente en 2 instancias (1992 y 2001) y deben respetarse los pronunciamientos del Soberano.

3) Sin perjuicio de lo antedicho, se continuarán profundizando los análisis en el terreno jurídico, así como las entrevistas y negociaciones que se consideren pertinentes, teniendo como objetivo lograr las herramientas adecuadas en la defensa de ANTEL.

4) Declaramos a SUTEL en estado de alerta ante la posibilidad de que, nuevamente, debamos iniciar acciones diversas para frenar el accionar de las multinacionales de las Telecomunicaciones e impedir su propósito de destruir nuestra Empresa Pública”.

La Red 21

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