México: continúan las quejas al Tribunal Electoral por las irregularidades en el aval a Jaime “Bronco” Rodríguez Calderón

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Tribunal e INE escalan choque por “El Bronco”

El conflicto entre magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) escaló ayer, resultado de la sentencia que subió a Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón El Bronco a la boleta electoral. “No es lo mismo dictaminar desde una oficina a tener que revisar firma por firma”, advirtió el consejero Marco Antonio Baños.

“Ellos se empecinan en hacernos creer que son superiores jerárquicos, pero no, son un órgano con atribuciones y funciones diferentes”, recalcó al reconocer que las sentencias se acatan, pero hay expresiones que “no son correctas”, pues las dos son instituciones del Estado diferentes y con autonomía.

Ayer por la mañana, los magistrados José Luis Vargas Valdés, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Mónica Aralí Soto Fregoso defendieron la sentencia por la que se dio el registro como candidato a El Bronco, caso por el que, advirtió el primero, el INE fue deficiente y vulneró su garantía de audiencia, pues los aspirantes “acudían a ciegas” a revisar sus firmas.

El magistrado Fuentes Barrera reconoció que el TEPJF está preocupado por la reacción ante las sentencias. Pero aseveró: “Este tribunal no hace política, no juzga, ni litiga con base en señalamientos en medios de comunicación o redes sociales”, sino con base en el expediente y en éste, dijo, no se presentaron pruebas que acreditaran irregularidades.

Auxiliados de diapositivas, dictaron una conferencia ante decenas de funcionarios, así como de personal del TEPJF, y por ser “conferencia de prensa” admitieron preguntas de tres comunicadores, aunque al final se propuso “mándenlas por correo”.

Sólo esos tres magistrados defendieron su decisión y el cuarto votante, el magistrado Indalfer Infante Gonzáles, decidió no hablar.

Mientras, expectantes y en silencio, permanecieron los magistrados que, encabezados por la magistrada presidenta, Janine Otálora, votaron en contra de la sentencia relativa a El Bronco, y la que también dio la razón al aún aspirante presidencial Armando Ríos Piter. El magistrado Reyes Rodríguez, quien también se opuso, ni siquiera acudió.

Así, el magistrado Valdés explicó que Rodríguez Calderón quiso ejercer su derecho de audiencia “lo que no pudo hacer plenamente, porque acudía a ciegas”, pues el INE no le dio alguna constancia que acreditara que las firmas que envió eran las que el instituto dictaminó como irregulares.

El aspirante estuvo en “clara desventaja, dado que el INE preservó en exclusiva toda la información” y por tanto, “fue omiso en no dejarles ningún medio de resguardo (…) eso no está peleado con la protección de datos personales, por una simple razón: los propios partidos cuentan con todas las listas nominales de electores”, aseguró, por lo que era factible dejárselos a cambio de una responsiva.

También pesó en la decisión que El Bronco logró en cinco días recuperar 14 mil 426 firmas, 8.4 % de las supuestas inconsistencias, lo que muestra que hubo “deficiencias” del INE y que el ritmo de recuperación lo llevaría a cumplir el umbral de ley.

Esto molestó a los consejeros del INE, quienes el pasado martes, de manera unánime, al registrar a Rodríguez Calderón como abanderado, rechazaron que le haya sido vulnerado el derecho de audiencia, pues incluso el tribunal reconoció que acudió 12 veces a ejercerla.

En entrevista, el consejero Baños advirtió: “José Luis Vargas es el que está opinando a ciegas, ¿cómo se le ocurre decir una cosa de ésas cuando él sabe perfectamente que cada una de las firmas, cada uno de los folios tenía una identificación precisa? ¿Cómo que los mandamos a ciegas? Cada una de las fotografías que nos mandaron los aspirantes a candidatos independientes se identificó con un folio específico”.

Recordó que el INE dio folios y no fotografías, “dado que tenía datos personales. Si hubiéramos entregado copias o hubiéramos permitido acceso a las fotografías estaríamos en medio de un pleito tremendo por el uso de los datos personales”.

Lo que pasa es que “no es lo mismo revisar desde la especulación jurídica”, dijo, porque el INE revisó casi 5 millones de firmas y el TEPJF pide ahora un expediente de cada una.

Vargas, acusó, “debería ser más claro en su proceder y no estar descalificando a una institución que tiene una cantidad impresionante de trabajo y que procura ajustarse a criterios —aquí si— a un alto estándar de tipo profesional, técnico”.

Más mesurada, la consejera del INE Pamela San Martín también aseveró que la Sala Superior ya había validado el mecanismo por el cual se dio audiencia a los independientes.

Estos aspirantes “no llegaban a ciegas, llegaban a confrontar el expediente, mismo que la autoridad estaba valorando”, indicó.

La aplicación y los lineamientos de cómo funcionaba fueron impugnados y los mismos magistrados, al resolver casos de otros aspirantes a candidatos independientes, validaron el uso de la aplicación y el respectivo procedimiento de audiencia.

Ahora el TEPJF “da un tratamiento diferenciado a un aspirante respecto a la valoración que se realizó con el resto”.

Sin aludirla, el consejero Marco Antonio Baños respondió también a la magistrada Soto Fregoso, quien argumentó que con la sentencia de El Bronco y la de Ríos Piter, a quien se le concedió un plazo de 10 días para revisar 906 mil firmas, el TEPJF actuó basado en “los más altos estándares internacionales y nacionales de protección a sus derechos humanos”.

El INE siempre ha respetado las garantías individuales, “así que no tendrían que venir algunos magistrados y magistradas a decirnos que nosotros no nos apegamos y que estamos haciendo mal el trabajo”, sostuvo Baños.

Soto explicó que se ordenó dar registro a El Bronco, pero a Ríos Piter sólo más días, porque el primero acudió 12 veces a revisar sus firmas y su tasa de recuperación fue de 8.4%.

Con esa tasa de recuperación y aún pendientes de revisar 400 mil firmas “la verdad es que es muy cuestionable el grado de error que tuvo la autoridad”, sentenció Vargas Valdés. “Estuvo deficiente”, agregó al mostrar que, por ejemplo, María de Jesús Patricio logró recuperar hasta 70%, por lo que sí hubo errores del INE.

En el caso de Ríos Piter, éste decidió no ir a las audiencias, pero, explicó Soto Fregoso, no se le informó antes que había firmas no válidas que no le permitirían cumplir con las 866 mil 593 exigidas. Cuando se le notificó eso, se le dieron cinco días, lo que “ era material y humanamente imposible”.

“Ser sensibles a la crítica”

El magistrado Fuentes pidió a todos “ser sensibles a la crítica, a no admitir condenas sin fundamentos y a estar a la altura”. Consideró que serán instancias del INE las que decidan sanciones por fallas internas.

El Universal


Defienden magistrados decisión de incorporar al «Bronco»

Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) defendieron su decisión de incorporar a la boleta electoral a Jaime Rodríguez Calderón, el «Bronco», candidato independiente a la Presidencia de la República.

En rueda de prensa, tres de los magistrados que votaron a favor de esta resolución consideraron que existen elementos de prueba para pensar que el «Bronco» podría haber alcanzado el número de firmas para obtener su registro como candidato independiente.

Reconocieron que Rodríguez Calderón sí tuvo oportunidad de defenderse, pero lo hizo a ciegas porque la aplicación no guardaba un registro de las firmas que le permitieran hacer un contraste de información, de lo que culparon al Instituto Nacional Electoral (INE).

Los magistrados Felipe Fuentes Barrera, José Luis Vargas Valdez y Mónica Aralí Soto Fregoso consideraron que el INE actuó erróneamente al eliminarle apoyos al gobernador con licencia de Nuevo León.

José Luis Vargas Valdés sostuvo que existen los elementos de prueba de que Rodríguez Calderón habría alcanzado los 16 mil 656 apoyos para obtener el registro.

Lo anterior, explicó, si se le hubiera permitido revisar las más de 300 mil firmas y subrayó que las inconsistencias no estaban dentro de los muertos como lo denunció el consejero del INE, Ciro Murayama.

Subrayó que su decisión se limitó a decidir si el aspirante Jaime Rodríguez Calderón le fue respetado plenamente su derecho a verificar si alcanzó el número de respaldos necesarios para poder ser candidato independiente a la Presidencia de la República.

Señaló que es del conocimiento público que hay en otras instancias, penales y administrativas, cuestionamientos de otra naturaleza sobre las que «no nos pronunciamos en esta sentencia, pero que siguen su curso y habrán de resolverse en otro momento».

Indicó que en este caso sólo se revisaron las pruebas aportadas por el quejoso y los informes de la autoridad electoral para ver si el aspirante a candidato había reunido los apoyos ciudadanos suficientes.

Y agregó: «llegamos al convencimiento de que cada vez que se revisaron estos apoyos el aspirante recuperó respaldos eliminados indebidamente por el Instituto Nacional Electoral».

Comentó que el «Bronco» asistió 12 veces a revisar sus apoyos a diferencia de otros casos que también fueron juzgados, y en cada una de esas visitas el aspirante recuperó entre 5 y 25 por ciento de apoyos, aun cuando nunca supo en qué radicaban las inconsistencias que le señalaba el INE.

De este modo, el Tribunal consideró que si se hubiesen revisado los 418 mil 494 apoyos en su totalidad, como lo pedía el aspirante y no autorizó el INE, es evidente que hubiera podido recuperar el 1.9 por ciento de apoyos que le faltaba para llegar al umbral requerido.

Por su parte, el magistrado Felipe Fuentes Barrera manifestó que el Tribunal no hace política, por lo que hizo un llamado a los actores políticos y a las autoridades a conducirse con apego a la ley y ser sensibles con la crítica.

Asimismo, mencionó que independientemente de la resolución, las investigaciones que iniciaron las autoridades administrativas y judiciales siguen su curso.

En su oportunidad, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso aseveró que la sentencia está sustentada en estándares internacionales, así como en el artículo primero de la Constitución Política, al tiempo que destacó que la política en orden electoral debe sujetarse a la ley y no la ley a la política.

Informador


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