Plebiscito por la paz: el Consejo Electoral anuncia la reglamentación para las campañas por el Sí y el No

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Ahora sí, que arranque la campaña para el plebiscito

En una detallada resolución de 20 páginas, expedida por el Consejo Nacional Electoral (CNE), quedaron consignadas las reglas de juego que marcarán la pauta para las campañas por el Sí y por el No de cara al plebiscito por la paz, a través del cual los colombianos refrendarán –el próximo 2 de octubre– el Acuerdo Final alcanzado entre Gobierno y Farc en la mesa de diálogos de La Habana.

Una reglamentación que, según el presidente del CNE, Alexánder Vega, contiene varias de las sugerencias presentadas el pasado 8 de agosto en audiencia pública por diferentes partidos y movimientos políticos sobre temas claves como la constitución de los comités, los topes de las campañas, el uso de publicidad y la difusión e igualdad informativa. “Quisimos lograr equilibrio, imparcialidad, pero sobre todo brindar garantías a ambas campañas”, sostuvo Vega.

Y en ese camino las determinaciones fueron varias. Se estableció, por ejemplo, que no existirá un límite para la inscripción de comités promotores de campañas tanto por el Sí como por el No y que los mismos estarán divididos en tres categorías: del orden municipal, departamental y nacional. Los tiempos para la inscripción ante la Registraduría corren a partir de la expedición de la reglamentación y durante quince días.

Asimismo, se fijaron unos topes de campaña de acuerdo con la resolución 076 para los mecanismos de participación. Así, pues, para las campañas del orden nacional el máximo es de $3.920 millones, del orden departamental de $1.045 millones y municipal de $261 millones, para los casos en los que el censo electoral es igual o superior a 10.000. En los municipios con censo electoral por debajo de 10.000, la cifra es de $130 millones.

Para el caso de Bogotá, el tope será de $1.308 millones y en las capitales de departamento de $653 millones. “Este monto podrá ser utilizado por cada comité de campaña, no por el valor completo sino por cada comité”, explicó Vega al señalar que se podrán recibir donaciones vía medios electrónicos o mensajes de texto, siempre y cuando sean debidamente reportados con el número de identificación de la persona que los hace.

Sobre la regulación de las encuestas, el CNE determinó que estas podrán ser publicadas hasta el martes anterior al día de la votación –es decir, el 27 de septiembre– y que para que sean consideradas válidas deben tener una muestra igual o mayor a 1.000 entrevistas. Asimismo, los medios tendrán la responsabilidad de publicar las fichas técnicas con todos los detalles del sondeo. En caso de que se presenten irregularidades, la autoridad electoral podrá imponer sanciones entre 25 y 40 salarios mínimos legales vigentes tanto a las firmas como a los medios de comunicación.

En temas de publicidad las medidas también son claras. El Consejo determinó que ambas campañas tendrán acceso a medios en igualdad de condiciones y se garantizará el pluralismo e imparcialidad frente a los concesionarios y los operadores de televisión, radio, prensa u otros medios. “Para esto el Consejo Nacional Electoral creará los tribunales de garantías y las comisiones de observación de equilibrio informativo donde los medios de comunicación deberán informar cómo se han dado semanalmente las pautas publicitarias por la opción del Sí o por la del No”, detalló Vega.

Respecto a las vallas publicitarias, se impusieron algunas restricciones conforme al criterio del indicador poblacional: un máximo de ocho vallas en municipios de sexta, quinta y cuarta categorías; de doce en los de tercera y segunda categoría; y hasta veinte vallas en los municipios de primera categoría y especial. En Bogotá se autorizarán hasta treinta. En cualquier caso, se autorizó a los partidos políticos el uso de sus logos en piezas publicitarias.

El Consejo Nacional Electoral se pronunció además sobre la participación de funcionarios públicos en las campañas por el Sí y por el No, dejando claro que no existe ninguna restricción en la materia –tal como lo había señalado la Corte Constitucional–, siempre y cuando no se haga uso de recursos públicos y se reponga el tiempo invertido en ello en caso de que lo hagan durante la jornada laboral.

Finalmente, para el día de las elecciones, el máximo tribunal definió que habrá un testigo de cada campaña en las mesas de votación y que la jornada contará con la observación de una misión internacional que hará veeduría para garantizar la transparencia del proceso.

El Espectador


Reglamentación del Plebiscito – Resolución No. 1733 del 31 de agosto de 2016

 

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